REGLAMENTO interno de los miembros
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1. Derechos y Obligaciones

1.1. Derechos
Gozar de todos los beneficios que la asociación ofrezca. Sin embargo, si por alguna circunstancia no se pudieren ofrecer dichos beneficios a todos los miembros, la ACTI no será responsable por tal inconveniente.

1.2. Obligaciones

  1. Cumplimiento de los Estatutos y adherencia al Código de Ética.
  2. El incumplimiento de los Estatutos por un miembro será estudiado por el Consejo Directivo, quien tendrá la facultad de decidir sobre el caso o delegarlo al Comité de Admisiones y Ética Profesional para su correspondiente acción disciplinaria.
  3. Pago de los aportes.
    Los aportes serán anuales y cancelados a más tardar el día de la asamblea ordinaria, con el fin de tener voz y voto en esta asamblea. En caso de admisión durante el 2° semestre, pagará la mitad de la cuota. El no pago implicará la suspensión de la calidad de miembro activo de la ACTI. El plazo máximo para el pago de la cuota de sostenimiento es el 15 de marzo de cada año.
  4. Pago de cuotas extraordinarias establecidas por la asamblea.
    La asamblea estará autorizada a fijar cuotas extraordinarias cuando así lo estime necesario, y serán obligatorias. Los miembros honorarios estarán exentos del pago de aportes.
  5. Asistencia a las asambleas.
    Al miembro que no asista a la asamblea y no otorgue poder, se le llamará la atención.
  6. La inasistencia a tres asambleas seguidas, sin representación, provocará la pérdida de la calidad de miembro. El poder podrá ser enviado por fax o portado por el poderhabiente.
  7. Voto
    Cada miembro activo participante en la asamblea podrá, además de su propio voto, ejercer el voto de máximo dos miembros activos mediante poder escrito.
  8. Participación en la organización y ejecución de las actividades de la asociación.
    Para lograr los objetivos de la ACTI se espera una participación activa de todos los miembros en las diferentes actividades.

2. Inscripción y procedimiento de admisión

2.1. Formulario
El aspirante encontrará directamente en el sitio web de la ACTI el formulario y las instrucciones pertinentes para la admisión.

2.2. Examen
Una vez recibido el formulario diligenciado enviado por correo electrónico a la secretaría, con una copia impresa debidamente firmada y los anexos que el aspirante estime convenientes, el aspirante será citado al examen y a la entrevista de acuerdo con la fecha programada.

El examen de traducción consistirá en un texto de aproximadamente 300 palabras, escogido por el examinando de cuatro campos (sociales, jurídico, semitécnico y económico). El examen tendrá una duración máxima de dos horas, se hará en computador y se permitirá la utilización de diccionarios y libros de consulta.

2.3. Calificación del examen y resultados
El jurado calificador del examen estará compuesto por dos miembros. En la eventualidad de desacuerdo entre estos dos jurados, se procederá a escoger un tercer jurado que dirimirá el caso. Los resultados serán confidenciales e inapelables, y serán comunicados al aspirante en un plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha del examen.

2.4. Criterios de admisión
El Comité de Admisión evaluará la solicitud del aspirante a la ACTI basándose en los siguientes elementos:

  • Documentación
  • Entrevista
  • Examen

Una vez admitido el solicitante, la ACTI le enviará una carta indicándole expresamente su condición de miembro aspirante. Al aspirante se le puede poner como condición repetir el examen de admisión antes de pasar a la categoría de asociado. El solicitante que no hubiere sido admitido recibirá una comunicación en tal sentido y podrá volver a solicitar su ingreso tras un período mínimo de un año.

2.5. Admisión o rechazo

Al cabo de un año se notificará al miembro aspirante si ha sido aceptado en calidad de miembro asociado o si, por incumplimiento de normas éticas o profesionales o por haber reprobado el segundo examen de admisión, no ha sido admitido.

2.6. Readmisión de un miembro

Si por cualquier motivo un miembro, cualquiera que sea su categoría, abandona la ACTI, éste podrá solicitar su reingreso pasando por los mismos pasos de admisión, como si fuera la primera vez.

DE LA ESTRUCTURA

3. Creación de comités
Además de los órganos de administración y de dirección, la asamblea nombrará tres comités conformados por miembros asociados de la ACTI.
Los comités serán los siguientes:

  • Comité de admisión y ética profesional
  • Comité social
  • Comité de divulgación

3.1. Comité de admisión y ética profesional
Este comité estará conformado por 3 miembros fundadores o asociados, de los cuales el Coordinador debe ser miebro del Consejo Directivo, que se encargará de la selección de los textos, la entrevista de los aspirantes, y la comunicación. Tendrá la labor de estudiar las solicitudes de ingreso a la ACTI, revisar los datos y comprobarlos en algunos casos, seleccionar los textos de los exámenes, programar las fechas de exámenes, entrevistar a los solicitantes, decidir sobre su admisión y estudiar los casos de quejas o incumplimientos y sanciones, asignar los calificadores. En caso de que los miembros de este comité no pudieren asumir las funciones de jurado calificador, el comité podrá nombrar las personas idóneas para ello.

3.2. Comité social
Este comité estará conformado por 2 miembros. Tendrá como misión la integración de los miembros y la coordinación de actividades sociales.

3.3. Comité de divulgación
Este comité estará conformado por 2 miembros. Tendrá como misión la divulgación de la ACTI y de sus actividades a través de los medios masivos de comunicación mediante boletines de prensa, entrevistas y, eventualmente, la creación de un informativo propio. También deberá encargarse de la página WEB.

VARIOS

4. Convocatoria a la asamblea
Las asambleas podrán ser convocadas por correo ordinario, correo electrónico o fax.

5. Conducto regular
El conducto regular para recibir solicitudes de admisión, quejas, sugerencias, etcétera, será el Secretario del Consejo Directivo, quien distribuirá a las instancias pertinentes.

El buzón electrónico de la ACTI es: SecretariaGeneral@TraductoresColombia.com

6. Uso del nombre de la asociación
Todo miembro asociado o fundador podrá usar el nombre la asociación en su papelería personal.

7. De los capítulos o regionales
Los estatutos prevén la creación de capítulos de la ACTI. La asamblea se encargará de nombrar una comisión para reglamentar la creación y funcionamiento de los capítulos.

8. Faltas y sanciones

8. 1. Faltas

Se considerará falta cualquier incumplimiento de las obligaciones del numeral 1 de este reglamento. Las faltas serán leves o graves.

El Comité de Admisión y Ética Profesional decidirá en materia disciplinaria hasta la creación de la Comisión Disciplinaria de Traductores, instrumento del Código de Ética.

8.2. Sanciones

Las sanciones podrán ir desde una llamada de atención verbal o escrita al miembro, hasta su expulsión de la Asociación.

9. Cambios en el reglamento
Este reglamento podrá ser modificado total o parcialmente por el consejo directivo y a instancia de uno o varios de los miembros de la asociación.

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